Publicación en el Boletín Oficial: 05/01/2012
- Sanción: 03/01/2012
Administración Federal de Ingresos Públicos
IMPUESTOS
Resolución General 3250
Impuestos varios. Resolución General N° 58 y sus modificaciones. Agenda de días de vencimientos para el año 2012.
Bs. As., 3/1/2012
Visto la Actuación SIGEA N° 10072-144-2011 del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución General N° 58 y sus modificaciones, se fijaron las fechas de vencimiento general respecto de determinadas obligaciones, en función de las terminaciones de la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).
Que en tal sentido, se estima conveniente precisar las fechas de vencimientos previstas para el año calendario 2012.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación, de Fiscalización, de Sistemas y Telecomunicaciones, de Servicios al Contribuyente y de Coordinación Operativa de los Recursos de la Seguridad Social, y las Direcciones Generales Impositiva y de los Recursos de la Seguridad Social.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:
Artículo 1.- Establécense para el año calendario 2012 las fechas de vencimiento general que, para cada una de las normas que se indican seguidamente, se fijan en el Anexo que se aprueba y forma parte de la presente:
1. Resolución General N° 393 (DGI), Artículos 1° y 2°.
2. Resolución General N° 3638 (DGI), Artículo 5°.
3. Resolución General N° 3834 (DGI), texto sustituido por la Resolución General N° 712, sus modificatorias y complementarias, Artículo 15.
4. Resolución General N° 4059 (DGI), sus modificatorias y complementarias, Artículos 13 y 16.
5. Resolución General N° 4131 (DGI) y sus modificaciones, Artículo 11.
6. Resolución General N° 327, sus modificatorias y complementarias, Artículo 23.
7. Resolución General N° 715 y sus complementarias, Artículo 7°.
8. Resolución General N° 975, sus modificatorias y complementarias, Artículo 7°.
9. Resolución General N° 1166, su modificatoria y sus complementarias, Artículo 8°.
10. Resolución General N° 1307 y sus modificaciones, Artículo 3°.
11. Resolución General N° 1745 y su modificación, Artículo 10.
12. Resolución General N° 1772, sus modificatorias y complementarias, Artículos 3° y 8°.
13. Resolución General N° 1905 y sus complementarias, Artículos 4° y 7°.
14. Resolución General N° 2011, sus modificatorias y complementarias, Artículos 6° y 15.
15. Resolución General N° 2045 y sus complementarias, Artículos 2° y 7°.
16. Resolución General N° 2055, sus modificatorias y complementarias. Artículo 9°, incisos a) y b).
17. Resolución General N° 2111, sus modificatorias y complementarias, Artículos 3° y 11.
18. Resolución General N° 2151, su modificatoria y complementarias. Artículos 6°, 23 y 33.
19. Resolución General N° 2195 y su complementaria, Artículos 4° y 7°.
20. Resolución General N° 2217, sus modificatorias y complementarias, Artículo 32.
21. Resolución General N° 2233, sus modificatorias y complementarias, Artículo 2°.
22. Resolución General N° 2250 y su modificación, Artículos 5° y 7°.
23. Resolución General N° 2746, sus modificatorias y su complementaria, Artículos 14, 17, 29 y 40.
24. Resolución General N° 2763. Artículo 6°.
25. Resolución General N° 2825, Artículo 6°.
26. Resolución General N° 2888 y su complementaria, Artículo 5°.
27. Resolución General N° 3018, Artículo 9°.
28. Resolución General N° 3077 y su complementaria, Artículo 6°.
Artículo 2.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Ricardo Echegaray.
ANEXO (Artículo 1°)
FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL AÑO CALENDARIO 2012
A - PRESENTACION DE LA DECLARACION JURADA Y PAGO DEL SALDO RESULTANTE
I - IMPUESTO A LAS GANANCIAS a) Sociedades, empresas o explotaciones unipersonales que confeccionen balances comerciales.
Resolución General N° 3077, Artículo 6°.
1. ENERO, FEBRERO, MARZO, ABRIL, JUNIO, JULIO, AGOSTO, SEPTIEMBRE, OCTUBRE, NOVIEMBRE Y DICIEMBRE/2012
















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